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El Supremo de Panamá declara que el matrimonio del mismo sexo no es un derecho fundamental

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Publicado:

2 de marzo de 2023 17:34 GMT

Según la sentencia, este tipo de unión “no es más que una aspiración” y “carece de reconocimiento convencional”.

La Corte Suprema de Justicia de Panamá emitió un fallo, conocido este martes, que considera que el matrimonio entre personas del mismo sexo “no tiene la categoría de derecho humano y tampoco tiene derecho fundamental”.

Así, sostiene que el matrimonio igualitario “no es más que una aspiración” y “carece de reconocimiento convencional y constitucional”, por lo que no se considera inconstitucional la frase “se prohíbe el matrimonio entre personas del mismo sexo”.

La presentación, a cargo de la magistrada María Eugenia López Arias, afirma que las normas sobre matrimonio en el país “son objetiva y razonablemente justificada en el interés general de dar prioridad a aquellas uniones con potencial para constituir familias, dar continuidad a la especie humana y, por tanto, a la sociedad”.

La sentencia responde a varias demandas presentadas desde 2016, que solicitaban la declaración de inconstitucionalidad de las leyes que prohíben el matrimonio entre personas del mismo sexo, y que habían solicitado el reconocimiento de por lo menos tres uniones de este tipo celebradas fuera de Panamá.

A la espera de instancias internacionales

“No es una sorpresa que la Corte haya fallado como lo ha hecho. Es decepcionante que en Panamá las personas más débiles de nuestra sociedad, entre las que se encuentran las personas del colectivo LGTBIQ no recibir protección legal“, ha declarado Este jueves en Eco TV el abogado que interpuso las demandas, Carlos Ernesto González.

El abogado dijo que el fallo fue el resultado que esperaban desde un principio, pero que “la estrategia jurídica siempre ha estado pensando en terminar en las instancias interamericanas de derechos humanos, que es donde se hará justicia“.

González ha descrito “algo muy vergonzoso” el hecho de que “desde instancias internacionales te dicen que se tomó una decisión que violó los derechos humanos” de varias personas.

Además, el abogado pronosticó que la resolución “generará cierto interés en el sistema interamericano porque es la primera vez que una Corte Suprema de Justicia en América Latina toma una sentencia en rebeldía con las decisiones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos”.

La Convención Americana sobre Derechos Humanos forma parte del marco constitucional de Panamá y esta institución considera que el matrimonio igualitario es un derecho humanoya que está prohibida la discriminación basada en la orientación sexual, entre otras razones.

En octubre de 2020, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) llamó con vehemencia a Panamá a cumplir de buena fe con los estándares regionales de garantizar los derechos de la población LGTBI.



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